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domingo, 19 de junio de 2022

Ley Nº 31378 ley que modifica la ley 29944 para incorporar en sus alcances a los profesores de las I.E. públicas de educación básica y técnico-productiva administradas por el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior


 LEY Nº 31378

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA LEY 29944, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL, PARA INCORPORAR EN SUS ALCANCES A LOS PROFESORES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO-PRODUCTIVA ADMINISTRADAS POR EL MINISTERIO DE DEFENSA Y EL MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo único. Modificación del artículo 1 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial

Se modifica el artículo 1 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, en los siguientes términos:

“Artículo 1. Objeto y alcances de la Ley

La presente ley tiene por objeto normar las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico-productiva y en las instancias del Sistema Educativo administradas por el Ministerio de Educación, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior. Regula sus deberes y derechos, la formación continua, la Carrera Pública Magisterial, la evaluación, el proceso disciplinario, las remuneraciones y los estímulos e incentivos”.

DISPOSICIONES

COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. Financiamiento

Lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, modificado por la presente ley, se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

SEGUNDA. Ubicación de los profesores nombrados por el Decreto Legislativo 276, Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público, en las escalas magisteriales

Los profesores nombrados que pertenecen al régimen del Decreto Legislativo 276, Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público, con uno a tres años de servicio son ubicados en la primera escala magisterial; con cuatro a diez años de servicio, en la segunda escala magisterial; y con once a más años de servicio, en la tercera escala magisterial.

TERCERA. Adecuación de normas

El Ministerio de Educación adopta las medidas necesarias para adecuar las normas que correspondan, en el marco de sus competencias, en un plazo máximo de 120 días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA

ÚNICA. Derogatoria del artículo 6 del Decreto de Urgencia 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del sector público

Se deroga el artículo 6 del Decreto de Urgencia 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del sector público.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

 

En Lima, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil veintiuno.

MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO

Presidenta del Congreso de la República

LADY MERCEDES CAMONES SORIANO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN

Presidenta del Consejo de Ministros

DERECHO MAGISTERIAL

 ¿QUE ES DERECHO? QUE SIGNIFICA LA PALABRA DERECHO? SEGÚN EL  DICCIONARIO DE LA RAE, LA PALABRA DERECHO TIENE LOS SIGUIENTES SIGNIFICADOS:

DERECHO  Del lat. directus.

1. adj. Recto, igual, seguido, sin torcerse a un lado ni a otro. Esta pared no está derecha.

2. adj. Justo, legítimo.

3. adj. Fundado, cierto, razonable.

4. adj. directo (‖ que va sin detenerse en puntos intermedios). Id derechos al asunto.

5. adj. Dicho de una parte del cuerpo humano: Que está situada en el lado opuesto al del corazón. Los diestros utilizan la mano derecha.

6. adj. Que está situado en el lado opuesto al del corazón del observador.

7. adj. Que cae hacia la parte derecha de un objeto. El jardín que hay a la parte derecha de la casa.

8. adj. Dicho de lo que hay en una cosa que se mueve: Que está en su parte derecha o cae hacia ella, según el sentido de su marcha o avance. El faro derecho del autobús. La orilla derecha del río.

9. m. Facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida.

10. m. Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permite en ella.

11. m. Facultades y obligaciones que derivan del estado de una persona, o de sus relaciones con respecto a otras. El derecho del padre. Los derechos humanos.

12. m. Justicia, razón.

13. m. Conjunto de principios y normas, expresivos de una idea de justicia y de orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia puede ser impuesta de manera coactiva.

14. m. Ciencia que estudia el derecho (‖ conjunto de principios y normas).

15. m. Exención, franquicia, privilegio.

16. m. Lado de una tela, papel, tabla, etc., en el cual, por ser el que ha de verse, aparecen la labor y el color con la perfección conveniente.

17. m. Cantidad que se paga, según un arancel, por la utilización de cosas o servicios de una Administración pública, corporativa o privada. U. m. en pl. Derechos aduaneros.

18. m. p. us. Sendero, camino.

19. f. mano derecha.

20. f. Dirección correspondiente al lado derecho. Tuerza por la primera a la derecha.

21. f. Camino que llevan los perros cuando siguen la caza.

22. f. En las asambleas parlamentarias, los representantes de los partidos conservadores.

23. f. Conjunto de personas que profesan ideas conservadoras.

24. f. desus. Conjunto de perros de caza que se sueltan, según determinadas reglas, para seguir a la presa.

25. adv. derechamente.

La palabra MAGISTERIAL proviene de MAGISTERIO, palabra que de acuerdo a la RAE significa:

1. m. Enseñanza y gobierno que el maestro ejerce con sus discípulos.

2. m. Cargo o profesión de maestro.

3. m. Conjunto de los maestros de una nación, provincia, etc.

4. m. En la religión católica, autoridad que en materia de dogma y moral ejercen el papa y los obispos.

5. m. Título o grado de maestro que se confería en una facultad.

6. m. desus. Gravedad afectada y presunción en hablar o en hacer algo.

7. m. desus. En la química antigua, materia que se posa en las reacciones químicas, precipitado.